Entre las medidas anunciadas por el organismo aparecen que la espera de los servicios de atención no pueden exceder los cinco minutos; que las empresas deberán contar obligatoriamente con servicio de atención al cliente con la opción de comunicarse con una persona humana; y que las empresas se deberán abstener a emitir publicidad no solicitada en los tiempos de espera.
También, que el horario en el servicio de atención telefónica debe ser igual al horario deatención al público presencial y no ser inferior a 60 horas semanales; que se prohíbe el uso de grabaciones para comunicarse con las y los consumidores con fines comerciales o publicitarios; y que se prohíbe reclamar el pago de una deuda bajo apercibimiento de comunicarse por cualquier medio con el empleador, familiares, vecinos o con cualquier otra persona ajena a la relación de consumo.
Según el área de Consumidores de la Defensoría del Pueblo bonaerense, entre los mayores reclamos que recibe el organismo que conduce Guido Lorenzino dentro de este rubro, las deficiencias en la atención que prestan las empresas relacionadas a los servicios públicos aparecen en el tope de los reclamos.
A nivel nacional, según las estadísticas del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo (COPREC), 1 de cada 3 reclamos (36%) que realizan las y los consumidores están vinculados con servicios de comunicaciones, servicios financieros y seguros. En total, solo en 2021, el COPREC y la Ventanilla Única Federal registró 207.441 reclamos, lo que equivale a un reclamo por minuto.
Ante esta realidad, la Adjuntía General de la Defensoría, a cargo de Walter Martello, elaboró una guía para entender en detalle las nuevas disposiciones respecto a los derechos que le corresponden a las y los usuarios y las obligaciones que tienen las empresas para mejorar la atención.