La CNMC ha publicado el informe sobre el anteproyecto de ley por el que se modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (IPN/CNMC/027/21).
El anteproyecto transpone la Directiva (UE) 2019/2161, conocida como Directiva de modernización, e implica modificar tres textos legales: el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y la Ley de Competencia Desleal.
El objetivo principal de la nueva norma es eliminar las disparidades existentes en el mercado interior, reforzar la seguridad jurídica de empresarios y aumentar la información de que disponen los consumidores cuando realizan sus compras, y, en consecuencia, su confianza.
Medidas previstas
Entre otras medidas figura la existencia de requisitos más estrictos en la información precontractual, una regulación más garantista respecto de la constancia en la reducción de precios, la consideración de nuevas prácticas comerciales desleales per se, y la regulación, por primera vez, de la calidad dual de los bienes (bienes comercializados como idénticos pero que presentan características diferentes) como posible práctica comercial desleal para evaluar caso por caso.
La CNMC ha analizado anteriormente aspectos relacionados con la protección de los consumidores en distintos informes (IPN/CNMC/042/17 o IPN/CNMC/001/18) y, más concretamente, en la normativa sectorial relativa a agencias de viaje (IPN/CNMC/020/17).
Elementos positivos del anteproyecto
En su informe, la CNMC valora positivamente la contribución del anteproyecto a mejorar un fallo del mercado. Así, la norma proyectada reducirá la falta de información de los consumidores, especialmente en situaciones en las que pueden encontrarse más desprotegidos, como es el caso, de la contratación a distancia (por teléfono e Internet) o fuera del establecimiento comercial.
Principales sugerencias y recomendaciones
El informe también realiza algunas sugerencias sobre las llamadas de los consumidores y usuarios a los servicios de atención al cliente (para que se eviten rangos de tarifas especiales, salvo si son gratuitas) y propone considerar los servicios de telecomunicaciones como servicios básicos de interés general.
En todo caso, sobre las medidas previstas en el anteproyecto, la CNMC realiza las siguientes recomendaciones:
La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Consumo, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.